Las autoridades sanitarias tendrán la potestad de cancelar el registro sanitario de un producto cosmético. Los principales casos en los cuales las autoridades sanitarias cancelarán el registro de un producto cosmético, son:
1. Cuando el producto resulte ser nocivo o no seguro, en las condiciones de uso descritas en el etiquetado del cosmético.
2. Por falsificación o alteración de los documentos utilizados en la solicitud de reconocimiento de registro o inscripción sanitaria.
3. Cuando no se cumpla con los controles de calidad establecidos en las especificaciones del fabricante.
4. Cuando el producto se comercialice con condiciones diferentes a las aprobadas.
5. Cuando el producto contenga o declare en el etiquetado, ingredientes no autorizados en el registro que dio origen al reconocimiento.
6. Cuando se cancele el registro o inscripción sanitaria que dio origen al reconocimiento.
En cualquiera de las situaciones aquí descritas, la autoridad deberá notificar tal situación en un plazo máximo de ocho (8) días hábiles al lugar donde se otorgó el registro o inscripción sanitaria.
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